Leía los otros días varios artículos que como ciudadano de un país libre me chocaron. Son las leyes sindicales que el desgobierno de la dinastía castrista les impone a sus empleados. Entre los obstáculos que se ven precisados a librar los empleados de las tiendas en cuba, donde todas estas son, por ley de gobierno, corporaciones estatales, es decir, empleados oficiales del gobierno cubano, sobresale un reglamento disciplinario que nos recuerda al código de honor impuesto a los samuráis en la Edad Media. Habría que recordar que las tiendas y otros establecimientos son administrados y controlados por el gobierno, y que en los últimos tiempos han venido absorbiendo las instalaciones de diferentes grupos empresariales que fueron disueltos por el gobierno de Raúl Castro.
De manera que TRD Caribe probablemente sea hoy la mayor corporación de su tipo que opera en el mercado en divisas de la Isla, con miles de trabajadores, empleados bajo el estatus de miembros civiles de las FAR, así que configuran un ejército sin uniforme verde olivo pero obligados a regirse por la ordenanza militar. No en balde las normas y regulaciones de conducta que deciden su comportamiento abarcan una decenas de páginas, que no solo se limitan a prescribir y fiscalizar cada acción en el centro de trabajo, sino también en la vida privada. Especialmente molesto debe resultar este código para los empleados de otras corporaciones no militarizadas, que al ser absorbidos por TRD Caribe no tuvieron más remedio que convertirse en miembros civiles del ejército para no quedar sin empleo.
Y ahora se ven sujetos al Bushido de las FAR, debiendo cumplir, o jugándosela al incumplir mandatos como el del artículo 8 del reglamento, que entre otras tipificaciones de rompe y rasga, les prohíbe, en su inciso K: “Propiciar y permitir bromas, insinuaciones o comentarios en contra de nuestros principios socialistas, sobre instituciones y dirigentes nacionales o sobre medidas adoptadas por nuestro gobierno”.
En el mismo sentido (si pasamos por alto la seria violación de los derechos más íntimos de las personas), estos empleados se encuentran ante el dilema de las que aparecen en “Infracciones graves del reglamento”, las cuales, por sólo poner un caso, condenan en su inciso A: “Violar las regulaciones establecidas sobre las normas de conducta y los procedimientos a seguir por los trabajadores civiles de las FAR, ante posibles relaciones con extranjeros o cubanos residentes en el exterior”.
Tales procedimientos, que limitan y supervisan el trato que los empleados en cuestión deben mantener con extranjeros y con cubanos residentes fuera de la Isla, incluidos sus propios familiares, son dispuestos en un apartado del reglamento denominado “Otras disposiciones”, cuya Indicación No 15 determina:
“Ante posibles relaciones con emigrados, extranjeros y ciudadanos cubanos con permiso de residencia en el exterior, en el caso de los cuadros, solicitarán permiso por escrito con 72 horas de antelación para recibirlos (en su domicilio, NO EN EL AEROPUERTO) y de igual forma debe de informar por escrito cuando se marchen y declarar los obsequios que les ofrecieron así como las actividades que se realizaron durante la visita. En el caso del resto de los trabajadores, deben de informar verbalmente a su jefe inmediato cuando vayan a recibir alguna visita del exterior y cuando haya concluido la misma, en ambos casos los recibimientos serán normales. En caso de encuentros fortuitos, también se deberá informar”.
También tenemos el caso de artículos que se contradicen en si mismos, como por ejemplo, el artículo 55 reza: “El Estado, que reconoce, respeta y garantiza la libertad de conciencia y religión, reconoce, respeta y garantiza a la vez la libertad de cada ciudadano a cambiar de creencias religiosas…..
Mas sin embargo, luego en el artículo 62, limita estas las libertades estableciendo que ninguna de ellas puede ser ejercida “contra la existencia y fines del Estado socialista.” Aquí entra a jugar la interpretación del funcionario de turno sobre qué y quién pone en peligro la existencia o fines del Estado socialista.
Esto demuestra una vez más, hasta qué punto el gobierno viola los derechos humanos del pueblo cubano, diciéndole a sus empleados y ciudadanos con quien y como reunirse en franca violación a la libertad de asociación de los cubanos.
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